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El plazo para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de las medidas cautelares para el año hidrológico 2023/24 finaliza el 31 de diciembre de 2024. Para evitar problemas por la alta demanda de estos informes técnicos y posible saturación de la sede electrónica y plataformas de visado, recomendamos que los informes técnicos visados se presenten los antes posible.
La CHS advirtió en su escrito de 8 de junio de 2022, que en las parcelas que no acrediten el cumplimiento de las medidas cautelares se procederá a la interrupción del suministro de agua para riego, independientemente del origen del recurso utilizado.
El 23 de febrero de 2024 la CHS publicó en su página web la GUÍA PARA EL CUMPLIMIENTO Y ACREDITACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES PUBLICADAS EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 208, DEL SÁBADO 1 DE AGOSTO DE 2020, “ANUNCIO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA, O. A. SOBRE ACUERDOS ADOPTADOS EN LA JUNTA DE GOBIERNO CELEBRADA EL DÍA 16 DE JULIO DE 2020 RELATIVOS A LA DECLARACIÓN DE LA MASA DE AGUA SUBTERRÁNEA 070.052 CAMPO DE CARTAGENA EN RIESGO DE NO ALCANZAR EL BUEN ESTADO CUANTITATIVO Y QUÍMICO”.
Los informes técnicos visados y las declaraciones responsables se deben presentar a través de la sede electrónica de la CRCC: https://sede.crcc.es (procedimiento 0207: presentación/subsanación del Informe Técnico acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS).
En nuestro visor GIS ( https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/ ) se pueden visualizar las distintos zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.
Recordamos que el 28 de octubre de 2024 recibimos un escrito de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) en relación con la acreditación del cumplimiento de las medidas cautelares aprobadas en la Junta de Gobierno de la CHS de fecha 16/07/2020 relativos a la declaración de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico (BOE nº 208 de 1 de agosto de 2020). En este escrito de la CHS, se recuerda que la documentación a presentar debe cumplir los siguientes requisitos:
- Los documentos que se envíen deben ser legibles.
- Las copias de los cuadernos de campo deben ser lo más actuales posibles. En caso de no haber iniciado los cultivos a fecha de la solicitud, dicha autorización quedará supeditada a la aportación por parte del peticionario del correspondiente cuaderno de explotación al finalizar la campaña.
- Se debe contar con una analítica del suelo en cada cambio de cultivo.
- En caso de no haber instalado las sondas de succión por no haberse iniciado la campaña de cultivo, se deberá de acreditar la posesión de dichas sondas (factura de compra, fotografía), especificaciones técnicas o modelo empleado, así como la ubicación (coordenadas) donde se prevé su instalación.
- Para explotaciones con fincas no colindantes, se considerarán como superficies de cultivo independientes para el cálculo del número de puntos de control.
- En el caso de realización de vertidos (fosa séptica o baños portátiles), se deberá de adjuntar, al final de la campaña de cultivo, factura o contrato empresa gestión de residuos.
- 4-12-2024
- Categoría: Sin categoría
El pasado 28 de octubre de 2024 recibimos un escrito de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) en relación con la acreditación del cumplimiento de las medidas cautelares aprobadas en la Junta de Gobierno de la CHS de fecha 16/07/2020 relativos a la declaración de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico (BOE nº 208 de 1 de agosto de 2020). En este escrito de la CHS, se recuerda que la documentación a presentar debe cumplir los siguientes requisitos:
- Los documentos que se envíen deben ser legibles.
- Las copias de los cuadernos de campo deben ser lo más actuales posibles. En caso de no haber iniciado los cultivos a fecha de la solicitud, dicha autorización quedará supeditada a la aportación por parte del peticionario del correspondiente cuaderno de explotación al finalizar la campaña.
- Se debe contar con una analítica del suelo en cada cambio de cultivo.
- En caso de no haber instalado las sondas de succión por no haberse iniciado la campaña de cultivo, se deberá de acreditar la posesión de dichas sondas (factura de compra, fotografía), especificaciones técnicas o modelo empleado, así como la ubicación (coordenadas) donde se prevé su instalación.
- Para explotaciones con fincas no colindantes, se considerarán como superficies de cultivo independientes para el cálculo del número de puntos de control.
- En el caso de realización de vertidos (fosa séptica o baños portátiles), se deberá de adjuntar, al final de la campaña de cultivo, factura o contrato empresa gestión de residuos.
Además, se señala que en el procedimiento de análisis de la documentación aportada, en el caso de algunos comuneros/regantes se ha detectado una serie de deficiencias relacionadas tanto con el formato shapefile como con el informe visado acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares. Para subsanar estos defectos se deberá aportar la documentación correspondiente con las medidas cautelares de las que no se ha acreditado su cumplimiento. Para facilitar dicho cumplimiento, se adjunta un anexo que proporciona la información dirigida a aquellos comuneros/regantes que, tras el análisis de la documentación que han aportado, no acreditan suficientemente el grado de cumplimiento de medidas cautelares. Debido a la proximidad existente a la fecha de entrega de los informes acreditativos del grado de cumplimiento de las medidas cautelares relativos al año hidrológico 2023-2024 y para una mayor optimización del procedimiento, se requiere que las deficiencias descritas en el anexo aportado sean subsanadas en los nuevos informes del recién acabado año hidrológico 2023-2024. En su escrito la CHS destaca que la subsanación de las deficiencias relacionadas con los puntos de control, analíticas obligatorias y balance de N, se considera requisito de obligado cumplimiento previo a la resolución del expediente. En la página web de la CRCC en la gestión de riegos los comuneros/regantes pueden consultar si se encuentran en el citado anexo y que deficiencias tienen que subsanar de sus informes, en ese caso le aparecerá el siguiente mensaje: «ATENCIÓN: LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA, ha detectado DEFICIENCIAS a subsanar en su informe de acreditación del cumplimiento de medidas cautelares, que deben ser subsanadas en la presentación del siguiente informe, cuya fecha límite es el 31 de diciembre.»
Recordamos que el plazo para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de las medidas cautelares para el año hidrológico 2023/24 finaliza el 31 de diciembre de 2024. Para evitar problemas por la alta demanda de estos informes técnicos y posible saturación de los registros electrónicos, recomendamos que los informes técnicos visados se presenten los antes posible. La CHS advirtió en su escrito de 8 de junio de 2022, que en las parcelas que no acrediten el cumplimiento de las medidas cautelares se procederá a la interrupción del suministro de agua para riego, independientemente del origen del recurso utilizado.
El 23 de febrero de 2024 la CHS publicó en su página web la GUÍA PARA EL CUMPLIMIENTO Y ACREDITACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES PUBLICADAS EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 208, DEL SÁBADO 1 DE AGOSTO DE 2020, “ANUNCIO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA, O. A. SOBRE ACUERDOS ADOPTADOS EN LA JUNTA DE GOBIERNO CELEBRADA EL DÍA 16 DE JULIO DE 2020 RELATIVOS A LA DECLARACIÓN DE LA MASA DE AGUA SUBTERRÁNEA 070.052 CAMPO DE CARTAGENA EN RIESGO DE NO ALCANZAR EL BUEN ESTADO CUANTITATIVO Y QUÍMICO”.
Los informes técnicos visados y las declaraciones responsables se deben presentar a través de la sede electrónica de la CRCC: https://sede.crcc.es (procedimiento 0207: presentación/subsanación del Informe Técnico acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS).
En nuestro visor GIS ( https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/ ) se pueden visualizar las distintos zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.
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- 31-10-2024
- Categoría: Medidas cautelares, Sin categoría
El plazo para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de las medidas cautelares para el año hidrológico 2023/24 finaliza el 31 de diciembre de 2024. Para evitar problemas por la alta demanda de estos informes técnicos y posible saturación de los registros electrónicos, recomendamos que los informes técnicos visados se presenten los antes posible.
Recordamos que la CHS advirtió en su escrito de 8 de junio de 2022, que en las parcelas que no acrediten el cumplimiento de las medidas cautelares se procederá a la interrupción del suministro de agua para riego, independientemente del origen del recurso utilizado.
El 23 de febrero de 2024 la CHS publicó en su página web la GUÍA PARA EL CUMPLIMIENTO Y ACREDITACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES PUBLICADAS EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 208, DEL SÁBADO 1 DE AGOSTO DE 2020, “ANUNCIO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA, O. A. SOBRE ACUERDOS ADOPTADOS EN LA JUNTA DE GOBIERNO CELEBRADA EL DÍA 16 DE JULIO DE 2020 RELATIVOS A LA DECLARACIÓN DE LA MASA DE AGUA SUBTERRÁNEA 070.052 CAMPO DE CARTAGENA EN RIESGO DE NO ALCANZAR EL BUEN ESTADO CUANTITATIVO Y QUÍMICO”.
En esta guía se indica: «Todas aquellas explotaciones agrarias, con una cabida igual o inferior a 2 ha , única y excepcionalmente, podrán presentar declaración responsable suscrita por el titular y el arrendatario en su caso. (ver modelo de declaración responsable en anexo, y en la WEB CHS)».
- Guía para el cumplimiento y acreditación de las medidas cautelares publicadas en el Boletín Oficial del Estado número 208, del sábado 1 de agosto de 2020, (584,32 KB )
- Declaración responsable medidas cautelares Junta de Gobierno 16/07/2020 (Menor 2 Has) (49,01 KB ) (Formato DOCX editable)
En nuestro visor GIS ( https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/ ) se pueden visualizar las distintos zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.
Los informes técnicos visados y las declaraciones responsables se deben presentar a través de la sede electrónica de la CRCC: https://sede.crcc.es (procedimiento 0207: presentación/subsanación del Informe Técnico acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS)
- 7-10-2024
- Categoría: Medidas cautelares
Hoy 23 de febrero de 2024 la CHS ha publicado en su página web la GUÍA PARA EL CUMPLIMIENTO Y ACREDITACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES PUBLICADAS EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 208, DEL SÁBADO 1 DE AGOSTO DE 2020, “ANUNCIO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA, O. A. SOBRE ACUERDOS ADOPTADOS EN LA JUNTA DE GOBIERNO CELEBRADA EL DÍA 16 DE JULIO DE 2020 RELATIVOS A LA DECLARACIÓN DE LA MASA DE AGUA SUBTERRÁNEA 070.052 CAMPO DE CARTAGENA EN RIESGO DE NO ALCANZAR EL BUEN ESTADO CUANTITATIVO Y QUÍMICO”.
En esta guía se indica: «Todas aquellas explotaciones agrarias, con una cabida igual o inferior a 2 ha , única y excepcionalmente, podrán presentar declaración responsable suscrita por el titular y el arrendatario en su caso. (ver modelo de declaración responsable en anexo, y en la WEB CHS)». Nos indican desde la CHS que esto ya es de aplicación para la documentación a presentar para el año 2022/23.
- Guía para el cumplimiento y acreditación de las medidas cautelares publicadas en el Boletín Oficial del Estado número 208, del sábado 1 de agosto de 2020, (584,32 KB )
- Declaración responsable medidas cautelares Junta de Gobierno 16/07/2020 (Menor 2 Has) (49,01 KB ) (Formato DOCX editable)
Recordamos que el plazo para presentar la documentación acreditativa del año hidrológico 2022/23 finaliza el próximo 29 de febrero de 2024.
En nuestro visor GIS ( https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/ ) se pueden visualizar las distintos zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.
Los informes técnicos visados y las declaraciones responsables se deben presentar a través de la sede electrónica de la CRCC: https://sede.crcc.es (procedimiento 0207: presentación/subsanación del Informe Técnico acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS)
- 23-02-2024
- Categoría: Medidas cautelares, Noticias
En relación con varias noticias publicadas en diferentes medios de comunicación donde se señala erróneamente un alto grado de incumplimiento de las medidas cautelares por parte de los regantes, la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena (CRCC) quiere aclarar lo siguiente:
1º.- Dada la escasez de agua que sufren las zonas regables de la CRCC la superficie cultivada suele variar entre 26.000 y 35.000 ha, en función de la disponibilidad de agua. A día de hoy (16/02/2024) el número total de comuneros (propietarios de tierras) asciende a 9.637, mientras que los regantes de todas sus zonas regables a los que la CRCC suministró agua fue de 3.104 en el año hidrológico 2021/22 y 2.887 en el año 2022/23.
2º.- Según la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS), la superficie no afectada por la declaración en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico es aproximadamente de 5.800 ha. Esta superficie no está sujeta al cumplimiento de las medidas cautelares exigidas por la CHS, pero si a la Ley del Mar Menor. Además, en la superficie en zonificación A1 y B -aproximadamente algo más de 1.900 ha-, la gran mayoría de medidas cautelares no son de obligado cumplimiento. En el visor GIS de la CRCC (https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/) se pueden visualizar las distintas zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.
Los últimos listados de revisión del año 2021/22 sobre la documentación de acreditación que ha enviado la CHS a la CRCC son de octubre de 2023. Según esta información han acreditado el cumplimiento de las medidas cautelares 979 regantes que corresponden a una superficie 24.053 ha.
No las habrían acreditado suficientemente 252 regantes, que suponen una superficie de 4.887 ha. De estos regantes, 212 han enviado documentación de subsanación, que suponen una superficie de 4.548 ha, que sumadas a las 24.053 anteriormente hacen un total de 28.601 ha. La CRCC está a la espera que la CHS le indique quienes lo han acreditado adecuadamente.
5º.- Aquellos regantes que no han presentado documentación de subsanación de las deficiencias señaladas por la CHS tienen actualmente interrumpido el suministro de agua desalada, tal como ha requerido la CHS. Actualmente se trata de 51 regantes con una superficie total de 540 ha, se refiere principalmente a pequeñas parcelas, 27 de estos regantes tienen una superficie inferior a 5 ha, y de manera sustancial no tienen como actividad principal la agricultura.
6º.- El 29 de septiembre de 2023 se publicó en la web de la CRCC y se dio traslado a los comuneros/regantes que esta entidad había recibido una resolución de la CHS por la que se exigía “la justificación de cumplimiento de las medidas cautelares de manera continua en cada periodo de control y así sucesivamente, a partir de octubre de 2023.” Añadiendo a continuación que “El incumplimiento de lo anterior, cuando este Organismo compruebe que conlleva a un incumplimiento de las medidas cautelares, dará lugar, sin más trámite, a expediente de revocación de la autorización, sin perjuicio de las responsabilidades de otra índole a que pueda haber lugar”. En esta resolución no se indicaba, ni establecía, plazo alguno, ni fecha límite de presentación de la documentación acreditativa para el año 2022/23.
7º.- El 12 de enero de 2024 se publicó en la web de la CRCC y se dio traslado a los comuneros/regantes que esta Comunidad de Regantes había recibido comunicación verbal por parte de la CHS donde se indica que en febrero finaliza el plazo de presentación del Informe de Acreditación del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS del año 2022/23.
8º.- En un tuit de la CRCC de fecha 17 de enero de 2024 se comunicó que la CHS indica en una nota de prensa: “acreditación de las medidas cautelares en el Campo de Cartagena, informándosele de la necesidad de acreditarlas comuneros antes de marzo las citadas medidas correspondientes al año hidrológico 2022-2023”.
9º.- Para el año hidrológico 2022/23, antes de la finalización del plazo comunicado oficialmente (9/2/2024) hace escasos días por la CHS, se ha dado traslado a la misma de 407 registros de acreditación del cumplimiento de las medidas cautelares, presentados por 382 usuarios y que corresponden a una superficie total de 8.670 ha.
10º.- Destacar el gran esfuerzo de agricultores, ingenieros, laboratorios, personal de la CRCC,… para demostrar con hechos que se está llevando a cabo una agricultura sostenible totalmente compatible con el medioambiente, y en especial con los acuíferos del Campo de Cartagena y el Mar Menor.
- 16-02-2024
- Categoría: Medidas cautelares, Sin categoría
Esta Comunidad de Regantes ha recibido comunicación verbal por parte de la Confederación Hidrográfica del Segura donde se nos indica que este mes de febrero finaliza el plazo de presentación del Informe de Acreditación del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS del año 2022/23.
Se recuerda que esta Comunidad de Regantes recibió una resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura donde se indicaba lo siguiente:
«Los comuneros beneficiarios de la autorización provisional deberán de presentar, a través de la Comunidad de Regantes, a este Organismo toda la documentación que derive de la obligación de cumplimiento de las medidas cautelares del Acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno celebrada el día 16 de julio de 2020 relativos a la declaración de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico (BOE nº208 de 1 de agosto de 2020). Se aportará la justificación de cumplimiento de las medidas cautelares de manera continua en cada periodo de control y así sucesivamente, a partir de octubre de 2023. El incumplimiento de lo anterior, cuando este Organismo compruebe que conlleva a un incumplimiento de las medidas cautelares, dará lugar, sin más trámite, a expediente de revocación de la autorización, sin perjuicio de las responsabilidades de otra índole a que pueda haber lugar».
El cumplimiento de las medidas cautelares viene recogido en el Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. sobre Acuerdos adoptados en la Junta de Gobierno celebrada el día 16 de julio de 2020 relativos a la declaración de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico. Publicado en: «BOE» núm. 208, de 1 de agosto de 2020, páginas 33154 a 33161.
En nuestro visor gis ( https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/ ) se pueden visualizar las distintos zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.
Los informes técnicos visados se deben presentar a través de la sede electrónica de la CRCC: https://sede.crcc.es (procedimiento 0207: presentación/subsanación del Informe Técnico acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS)
- 12-01-2024
- Categoría: Sin categoría
Esta Comunidad de Regantes ha recibido una resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura donde se indica lo siguiente:
«Los comuneros beneficiarios de la autorización provisional deberán de presentar, a través de la Comunidad de Regantes, a este Organismo toda la documentación que derive de la obligación de cumplimiento de las medidas cautelares del Acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno celebrada el día 16 de julio de 2020 relativos a la declaración de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico (BOE nº208 de 1 de agosto de 2020). Se aportará la justificación de cumplimiento de las medidas cautelares de manera continua en cada periodo de control y así sucesivamente, a partir de octubre de 2023. El incumplimiento de lo anterior, cuando este Organismo compruebe que conlleva a un incumplimiento de las medidas cautelares, dará lugar, sin más trámite, a expediente de revocación de la autorización, sin perjuicio de las responsabilidades de otra índole a que pueda haber lugar».
El cumplimiento de las medidas cautelares viene recogido en el Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. sobre Acuerdos adoptados en la Junta de Gobierno celebrada el día 16 de julio de 2020 relativos a la declaración de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico. Publicado en: «BOE» núm. 208, de 1 de agosto de 2020, páginas 33154 a 33161.
En nuestro visor gis ( https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/ ) se pueden visualizar las distintos zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.
Los informes técnicos visados se deben presentar a través de la sede electrónica de la CRCC: https://sede.crcc.es (procedimiento 0207: presentación/subsanación del Informe Técnico acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS)
- 29-09-2023
- Categoría: Medidas cautelares
El próximo 8 de septiembre finaliza el plazo dado por la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) para acreditar el cumplimiento de las medidas cautelares de la Junta de Gobierno del 16/07/2020 de la CHS.
A este respecto, se recuerda que esta Comunidad de Regantes recibió el 8 de junio de 2022 un escrito de la CHS sobre el grado de cumplimiento de las medidas cautelares, donde se indicaba:
- Los regantes incluidos en su censo han de acreditar el grado de cumplimiento de las medidas adoptadas, mediante un informe técnico visado que recoja el contenido a que se refiere el Anexo que se adjunta a este escrito. Este informe deberá ser cumplimentado por Ingeniero Agrónomo o Ingeniero Técnico Agrícola y visado por el Colegio oficial correspondiente.
- Al informar a los usuarios, se debe apercibir del carácter obligatorio de la entrega del Informe directamente a la propia Comunidad de Regantes para que lo remita a dicho Organismo y que la omisión de esta obligación determinará la orden de este Organismo de cuenca a la Comunidad de Regantes de corte del suministro de agua a los titulares de las parcelas que no hayan aportado la acreditación del grado de cumplimiento de las medidas cautelares.
- 1-09-2022
- Categoría: Otros
Ayer, 28 de julio de 2022, recibimos escrito de la Confederación Hidrográfica del Segura donde nos comunicaban la ampliación de plazo para acreditar el cumplimiento de las medidas cautelares de la Junta de Gobierno del 16/07/2020 (MASb Campo de Cartagena):
«Se otorga un plazo adicional de UN (1) MES a partir de la finalización del plazo inicial, en virtud de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que puedan aportar la documentación solicitada»
Por tanto el plazo finalizaría el 8 de septiembre de 2022.
- 29-07-2022
- Categoría: Noticias
En la Junta de Gobierno de esta Comunidad de Regantes, celebrada el día 29 de junio del presente año 2022, se acordó:
- La celebración de una Asamblea Informativa sobre las medidas cautelares de la Confederación Hidrográfica del Segura el próximo miércoles 6 de julio a las 20 h en los Salones Aquario (Carretera Los Alcázares-Torre-Pacheco).
El objetivo de esta reunión es dar la información de la que disponemos sobre este asunto. A este encuentro nos gustaría contar con la máxima asistencia de comuneros y regantes.
- 1-07-2022
- Categoría: Otros
Reunión del Comité Científico del proyecto de renaturalización de balsas de riego en el entorno del Mar Menor financiado por @FBiodiversidad.
En breve se publicará el Pliego para la contratación de los servicios y suministros de plantas
@OficinaMarMenor #ProyectosFB y #MiMArMEnor
Nuestra comunidad de regantes colaborando con la damnificados de la DANA de Valencia.
Envío de maquinaria para ayudar en las labores de limpieza.
MUY IMPORTANTE. Requerimiento de documentación de la CHS. Acreditación medidas cautelares.
MUY IMPORTANTE. Requerimiento de documentación de la CHS. Acreditación medidas cautelares. -...
El pasado 28 de octubre de 2024 recibimos un escrito de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) en relaci...
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Proyecto de instalación fotovoltaica para autoconsumo sin excedentes «C.R. CAMPO DE CARTAGENA»
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