La Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena (CRCC) solicitó la elaboración de un informe a la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) con el fin de analizar distintos aspectos relacionados con la hidrología superficial, el drenaje agrícola y el riego recogidos en el Decreto-Ley n.º 2/2019, de Protección Integral del Mar Menor. Este estudio se encargó con el objetivo de participar en el proceso de participación pública aportando información científica para garantizar la protección medioambiental del Mar Menor y la permanencia de la agricultura de regadío del Campo de Cartagena. Y de este modo evitar que se tomen medidas arbitrarias y sin justificación científica, con un gran impacto socioeconómico, que ponga en riesgo el empleo de más 40.000 familias, y que no sirvan además para la protección medioambiental de este ecosistema único. La agricultura de regadío en el Campo de Cartagena es la actividad más importante de la Comarca, siendo su relevancia socioeconómica creciente y estratégica por garantizar la alimentación de la población.
El estudio de la UPCT, redactado por el Catedrático Victoriano Martínez, ha sido presentado esta tarde por el autor a la Junta de Gobierno de la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena. El informe científico señala que es posible compatibilizar la recuperación y conservación del Mar Menor con el mantenimiento de la importancia socioeconómica del regadío. El mismo resalta que la delicada situación ambiental del Mar Menor hace necesaria que las medidas implantadas se caractericen por una efectividad contrastada y cuantificable, evitando la generalización de medidas arbitrarias y/o subjetivas, especialmente si afectan a la viabilidad económica de otras actividades.
El Catedrático de la UPCT indica que resulta necesario y urgente evitar la entrada de nutrientes al Mar Menor, siendo las actuaciones más efectivas para dicho objetivo en relación con el regadío las siguientes:
• Actuaciones con efectos a corto plazo. Son las únicas que tienen la capacidad de producir una disminución drástica e inmediata de los aportes de nutrientes al Mar Menor, por lo que son de carácter prioritario. Se incluyen aquí las actuaciones para la interceptación del flujo subterráneo de nutrientes a través del acuífero cuaternario, y las destinadas a facilitar la conducción de las escorrentías asociadas a precipitaciones intensas al Mar Menor, de forma que se minimice su interacción con las explotaciones agrarias y los consecuentes arrastres de nutrientes, sedimentos y residuos. Son actuaciones que se podrían identificar con las recogidas en el Pan de Vertido Cero.
• Actuaciones con efectos a medio y largo plazo. Son complementarias a las anteriores, y su finalidad principal debe ser minimizar la lixiviación de nutrientes al acuífero cuaternario, con el fin de mejorar en estado de la calidad de sus aguas. Son medidas que afectan principalmente al desempeño del riego agrícola y que deben consistir en: (1) mejoras en la programación del riego en base a registros de la humedad del suelo con tensiómetros y/o sensores de humedad; (2) minimizar o incluso eliminar las fracciones de lavado en las dosis de riego mediante la garantía en cantidad y calidad de las dotaciones hídricas; (3) generalizar la práctica de la fertirrigación y ajustar su programación a la demanda de nutrientes en cada fase del cultivo; y (4) actuaciones a nivel de parcela para reducir los arrastres de nutrientes, sedimentos y residuos.
• Actuaciones con efectos a largo plazo, entre las que se encuentran: (1) el mantenimiento del regadío como sumidero de CO2; y (2) las actuaciones de corrección hidrológico-forestal como la reforestación en las zonas de cabecera y la revegetación en los cauces de las ramblas y de los sistemas de drenaje natural.
Este investigador indica en su informe que el tiempo necesario para que las medidas y actuaciones mencionadas tengan un efecto significativo en la recuperación del Mar Menor es muy variable, y debe priorizarse la ejecución de aquellas que tienen efectos inmediatos. En este sentido, llama la atención la urgencia de los plazos que el Decreto-Ley 2/2019 establece para implementar las actuaciones agrarias a nivel de parcela, cuyos efectos son esperables en el medio y largo plazo, mientras las actuaciones de efecto inmediato quedan fuera de su ámbito normativo y continúan sin desarrollarse. Resaltando que el Decreto-Ley no cuantifica los objetivos a conseguir y compromisos a asumir respecto a los aportes de nutrientes y sedimentos, a corto, medio y largo plazo, lo que tampoco permite evaluar hasta que punto las medidas propuestas contribuirán al objetivo de recuperación y conservación del Mar Menor.
Se pone de manifiesto con los hechos, dado los proyectos, estudios, convenios y colaboraciones realizados, la voluntad firme de esta Comunidad de Regantes de adoptar todas aquellas medidas que estén en su alcance y dentro de sus competencias para promocionar una agricultura totalmente sostenible y compatible con su medio y en especial con el Mar Menor. Así como su disposición para colaborar con cualquier administración u organismo que sea necesario para alcanzar este objetivo.
Se puede consultar el Informe completo de la UPCT en el siguiente enlace: https://crcc.es/wp-content/uploads/2018/06/Informe-Decreto-Ley-2_2019.pdf
NOTA DE PRENSA. Empleo agrario y recuperación del Mar Menor son totalmente compatibles