C.R.C.C

Requisitos para solicitud de Informes o Autorización de Obras

  • Guía de instalación de SETOS en los caminos de servicio del trasvase del Campo de Cartagena

OBRAS MENORES (vallados, balsas de riego menores de 1.500 m3, cruces de caminos de servicio con tuberías de riego)

  • La solicitud deberá realizarla el propietario de la parcela
  • Fotocopia de DNI y en caso de empresa el CIF y DNI del representante con copia de poderes.
  • Justificante de ingreso del importe de la fianza acordada.
  • Siempre acompañada de informe técnico,  un plano situación, croquis de la obra y ficha catastral, en el que, en los casos de cruces de caminos de servicio, señalizará el punto exacto del cruzamiento.
  • Información geográfica en formato SHAPE, fichero comprimido en formato ZIP, con extensión .zip y con sistema de referencia EPSG:25830 – ETRS89 / UTM zone 30N.

INSTALACIÓN DE CODOS EN ARQUETAS (entronques metálicos, en forma de codo con válvula de corte)

  • La solicitud deberá realizarla el regante(usuario de agua) de la parcela, sea o no propietario, en la que se indicará el número de la arqueta y el punto de ubicación de la toma(ej. 2ª. Dcha.)

OBRAS MAYORES ( balsas de riego mayores de 1.500 m3,invernaderos,líneas eléctricas, tuberías por cuneta, edificaciones, cambios uso de suelo)

  • La solicitud deberá realizarla el promotor de la obra.
  • Deberá acompañar proyecto visado o una memoria visada especifica acompañada de planos de localización y de descripción de la obra y de afecciones a la Comunidad de Regantes.
  • Ficha catastral.
  • Deberá presentarse aval o fianza, según acuerde la comisión de obras.
  • nformación geográfica en formato SHAPE, fichero comprimido en formato ZIP, con extensión .zip y con sistema de referencia EPSG:25830 – ETRS89 / UTM zone 30N.

En ninguno caso, las obras solicitadas, podrán ocupar o discurrir sobre los elementos hidráulicos o viales de esta Corporación (Caminos de servicio, tuberías, arquetas, etc).

ORDENANZAS:

ARTICULO 75.- Nadie podrá ejecutar obras, trabajo o construcción alguna en las tomas, conducciones, desagües, caminos de servicio y demás instalaciones hidráulicas de la Comunidad, así como sobre sus conducciones subterráneas, sin la previa autorización del Sindicato y en las condiciones que este órgano establezca. Igualmente sin ese permiso, nadie podrá ejecutar obras de vallado o cercado de las cuales resulte impedido el acceso a los referidos elementos de la red hidráulica de la Comunidad.

ARTICULO 86.- Incurrirán en falta sancionable con multa de hasta 18.000 euros, que se graduará a juicio del Jurado atendidas las circunstancias que en el hecho concurrieran y los daños y perjuicios ocasionados a los demás regantes o a la Comunidad:1º Al que practique abrevaderos u obras similares en las tomas de agua, aunque no obstruya ni perjudique la conducción, ni ocasione daño alguno. 2º Al que sin la pertinente autorización conduzca por las instalaciones de la Comunidad aguas ajenas a la misma, o al que de cualquier forma, ensucie, obstruya o deteriore la tomas de agua, conducciones, desagües, o, en general, cualquiera de las obras o instalaciones hidráulicas de la Comunidad, así como sus caminos de servicio. 3º Al que sin autorización de la Comunidad, o incumpliendo las condiciones que le fueren exigidas, ejecute obras de vallado o cercado, de las cuales resulte impedido el acceso directo a los referidos elementos de la red hidráulica de la Comunidad de Regantes. 4º Al que ejecute obras, trabajos o instalación alguna en las tomas, conducciones, desagües, caminos de servicio y demás instalaciones hidráulicas de la Comunidad, así como sobre sus conducciones subterráneas, sin la previa autorización del Sindicato, o incumpliendo las condiciones que le hubieran sido exigidas.

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