C.R.C.C

Esta Comunidad de Regantes ha recibido una resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura donde se indica lo siguiente:

«Los comuneros beneficiarios de la autorización provisional deberán de presentar, a través de la Comunidad de Regantes, a este Organismo toda la documentación que derive de la obligación de cumplimiento de las medidas cautelares del Acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno celebrada el día 16 de julio de 2020 relativos a la declaración de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico (BOE nº208 de 1 de agosto de 2020). Se aportará la justificación de cumplimiento de las medidas cautelares de manera continua en cada periodo de control y así sucesivamente, a partir de octubre de 2023. El incumplimiento de lo anterior, cuando este Organismo compruebe que conlleva a un incumplimiento de las medidas cautelares, dará lugar, sin más trámite, a expediente de revocación de la autorización, sin perjuicio de las responsabilidades de otra índole a que pueda haber lugar».

El cumplimiento de las medidas cautelares viene recogido en el Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. sobre Acuerdos adoptados en la Junta de Gobierno celebrada el día 16 de julio de 2020 relativos a la declaración de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico. Publicado en: «BOE» núm. 208, de 1 de agosto de 2020, páginas 33154 a 33161.

En nuestro visor gis ( https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/ ) se pueden visualizar las distintos zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.

Los informes técnicos visados se deben presentar a través de la sede electrónica de la CRCC:  https://sede.crcc.es  (procedimiento 0207: presentación/subsanación del Informe Técnico acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS)

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