La Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) ha notificado a la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena un requerimiento de documentación (expediente INFO-0415/2026), firmado por la Comisaría de Aguas el 14 de octubre de 2026, por el que exige acreditar de forma anticipada el cumplimiento de las medidas cautelares de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en las parcelas situadas en la Zona 0, la franja más próxima al Mar Menor y la que soporta las mayores restricciones.
El requerimiento afecta a los aprovechamientos de la Comunidad n.º 5355, 6175, 6497 y 8940, total o parcialmente ubicados en dicha zona. La CHS justifica la petición en la necesidad de disponer lo antes posible de la documentación de esta franja para agilizar los trabajos de comprobación.
Esto supone que, para las parcelas en Zona 0, el plazo ordinario de presentación, que finaliza el 31 de diciembre de 2026, queda adelantado. La CHS concede a la Comunidad un mes desde la notificación del requerimiento, por lo que los comuneros afectados deberán presentar su documentación no más tarde del 17 de noviembre de 2026, de modo que la CRCC pueda remitirla a la CHS dentro del plazo concedido.
¿Cómo saber si mi parcela está en Zona 0?
En el visor GIS de la CRCC (https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/) pueden consultarse las distintas zonas de aplicación de las medidas cautelares y comprobar si la explotación se encuentra, total o parcialmente, dentro de la Zona 0. También puede consultarse el plano oficial de zonificación de la CHS (Anexo 2).
¿Qué hay que presentar?
- Informe técnico de acreditación del cumplimiento de las medidas cautelares correspondiente al año hidrológico 2025/2026 (del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026), suscrito y visado por técnico competente (ingeniero agrónomo o ingeniero técnico agrícola), con el contenido, ordenación y numeración que fija la Guía de la CHS.
- Si la explotación está arrendada, el informe debe ir firmado conjuntamente por el propietario de los derechos de agua y de las fincas y por el arrendatario.
- Las explotaciones de hasta 2 hectáreas pueden presentar, única y excepcionalmente, una declaración responsable firmada por el titular y, en su caso, por el arrendatario.
- Plano de la totalidad de la explotación en formato shapefile (.shp), que la CHS exige expresamente en este requerimiento.
¿Dónde se presenta?
A través de la sede electrónica de la CRCC, mediante el procedimiento 0207: Presentación/subsanación del Informe Técnico acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS.
Consecuencias de no presentarla
La CHS advierte expresamente en su requerimiento de que, si no se aporta la documentación en el plazo indicado, propondrá el inicio del correspondiente expediente sancionador por incumplimiento de las medidas cautelares, lo que podrá conllevar a su vez el inicio del expediente de caducidad de la concesión. Recordamos además que, según el escrito de la CHS de 8 de junio de 2022, en las parcelas que no acrediten el cumplimiento se procederá a la interrupción del suministro de agua para riego, con independencia del origen del recurso.
Por todo ello, pedimos a los comuneros con parcelas en Zona 0 que atiendan este requerimiento con la máxima diligencia y presenten su informe técnico visado sin esperar al final del plazo.


