Al haberse presentado un solo candidato para cada puesto y sector, la Junta Electoral ha acordado que no ha lugar a la celebración de elecciones para cubrir dichos cargos, y, en consecuencia, dar por elegidos a los mismos, a reserva de su definitiva proclamación por la Junta General. Todo ello de conformidad con lo previsto en el artº. 64 de las Ordenanzas.
Cartagena, a 25 de febrero de 2.016.