El pasado 28 de octubre de 2024 recibimos un escrito de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) en relación con la acreditación del cumplimiento de las medidas cautelares aprobadas en la Junta de Gobierno de la CHS de fecha 16/07/2020 relativos a la declaración de la masa de agua subterránea 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico (BOE nº 208 de 1 de agosto de 2020). En este escrito de la CHS, se recuerda que la documentación a presentar debe cumplir los siguientes requisitos:
- Los documentos que se envíen deben ser legibles.
- Las copias de los cuadernos de campo deben ser lo más actuales posibles. En caso de no haber iniciado los cultivos a fecha de la solicitud, dicha autorización quedará supeditada a la aportación por parte del peticionario del correspondiente cuaderno de explotación al finalizar la campaña.
- Se debe contar con una analítica del suelo en cada cambio de cultivo.
- En caso de no haber instalado las sondas de succión por no haberse iniciado la campaña de cultivo, se deberá de acreditar la posesión de dichas sondas (factura de compra, fotografía), especificaciones técnicas o modelo empleado, así como la ubicación (coordenadas) donde se prevé su instalación.
- Para explotaciones con fincas no colindantes, se considerarán como superficies de cultivo independientes para el cálculo del número de puntos de control.
- En el caso de realización de vertidos (fosa séptica o baños portátiles), se deberá de adjuntar, al final de la campaña de cultivo, factura o contrato empresa gestión de residuos.
Además, se señala que en el procedimiento de análisis de la documentación aportada, en el caso de algunos comuneros/regantes se ha detectado una serie de deficiencias relacionadas tanto con el formato shapefile como con el informe visado acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares. Para subsanar estos defectos se deberá aportar la documentación correspondiente con las medidas cautelares de las que no se ha acreditado su cumplimiento. Para facilitar dicho cumplimiento, se adjunta un anexo que proporciona la información dirigida a aquellos comuneros/regantes que, tras el análisis de la documentación que han aportado, no acreditan suficientemente el grado de cumplimiento de medidas cautelares. Debido a la proximidad existente a la fecha de entrega de los informes acreditativos del grado de cumplimiento de las medidas cautelares relativos al año hidrológico 2023-2024 y para una mayor optimización del procedimiento, se requiere que las deficiencias descritas en el anexo aportado sean subsanadas en los nuevos informes del recién acabado año hidrológico 2023-2024. En su escrito la CHS destaca que la subsanación de las deficiencias relacionadas con los puntos de control, analíticas obligatorias y balance de N, se considera requisito de obligado cumplimiento previo a la resolución del expediente. En la página web de la CRCC en la gestión de riegos los comuneros/regantes pueden consultar si se encuentran en el citado anexo y que deficiencias tienen que subsanar de sus informes, en ese caso le aparecerá el siguiente mensaje: «ATENCIÓN: LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA, ha detectado DEFICIENCIAS a subsanar en su informe de acreditación del cumplimiento de medidas cautelares, que deben ser subsanadas en la presentación del siguiente informe, cuya fecha límite es el 31 de diciembre.»
Recordamos que el plazo para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de las medidas cautelares para el año hidrológico 2023/24 finaliza el 31 de diciembre de 2024. Para evitar problemas por la alta demanda de estos informes técnicos y posible saturación de los registros electrónicos, recomendamos que los informes técnicos visados se presenten los antes posible. La CHS advirtió en su escrito de 8 de junio de 2022, que en las parcelas que no acrediten el cumplimiento de las medidas cautelares se procederá a la interrupción del suministro de agua para riego, independientemente del origen del recurso utilizado.
El 23 de febrero de 2024 la CHS publicó en su página web la GUÍA PARA EL CUMPLIMIENTO Y ACREDITACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES PUBLICADAS EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 208, DEL SÁBADO 1 DE AGOSTO DE 2020, “ANUNCIO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA, O. A. SOBRE ACUERDOS ADOPTADOS EN LA JUNTA DE GOBIERNO CELEBRADA EL DÍA 16 DE JULIO DE 2020 RELATIVOS A LA DECLARACIÓN DE LA MASA DE AGUA SUBTERRÁNEA 070.052 CAMPO DE CARTAGENA EN RIESGO DE NO ALCANZAR EL BUEN ESTADO CUANTITATIVO Y QUÍMICO”.
Los informes técnicos visados y las declaraciones responsables se deben presentar a través de la sede electrónica de la CRCC: https://sede.crcc.es (procedimiento 0207: presentación/subsanación del Informe Técnico acreditativo del cumplimiento de las medidas cautelares de la CHS).
En nuestro visor GIS ( https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/ ) se pueden visualizar las distintos zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.
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