C.R.C.C

POR ESTA COMUNIDAD DE REGANTES SE HA ACORDADO UN NUEVO REPARTO DEL CUPO DE AGUA A RAZON DE:

– Zona Regable Oriental y Occidental: 1.104 m3/Ha

– Zona Regable Cota-120: 621 m3/Ha

Cartagena, a 01 de Julio de 2.010.

Notas:

** Los cupos expresados se suministrarán, dependiendo siempre de las limitaciones hidráulicas y disponibilidad de recursos.

*** El reparto de este nuevo cupo de agua es a cuenta y se mantendrá hasta que se acuerde un nuevo desembalse, el cual dependerá de la disponibilidad de recursos existentes en la Cabecera del Tajo.

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