LA JUNTA DE GOBIERNO DE ESTA COMUNIDAD DE REGANTES, EN SU REUNION DE FECHA 25-09-08, HA ADOPTADO EL SIGUIENTE ACUERDO:
Autorizar un nuevo cupo de Agua, a razón de:
– Zona Regable Oriental y Occidental: 221 m3/Ha
– Zona Regable Cota-120: 125 m3/Ha
Cartagena, a 17 de Noviembre de 2.008.
Los volúmenes totales asignados hasta la fecha para el presente año hidrológico (desde 01-Octubre-2008, hasta 30-Septiembre-2.009) son:
Zona Regable Oriental u Occidental: 566 m3/Ha
Zona Regable Cota-120: 319 m3/Ha
** Los cupos expresados se suministrarán, dependiendo siempre de las limitaciones hidráulicas y disponibilidad de recursos.
*** El reparto de este nuevo cupo de agua es a cuenta y se mantendrá hasta que se acuerde un nuevo desembalse, el cual dependerá de la disponibilidad de recursos existentes en la Cabecera del Tajo.