C.R.C.C

LA JUNTA DE GOBIERNO DE ESTA COMUNIDAD DE REGANTES, EN SU REUNION DE FECHA 25-09-08, HA ADOPTADO EL SIGUIENTE ACUERDO:

Autorizar un nuevo cupo de Agua, a razón de:
– Zona Regable Oriental y Occidental: 221 m3/Ha
– Zona Regable Cota-120: 125 m3/Ha

Cartagena, a 17 de Noviembre de 2.008.

Los volúmenes totales asignados hasta la fecha para el presente año hidrológico (desde 01-Octubre-2008, hasta 30-Septiembre-2.009) son:
Zona Regable Oriental u Occidental: 566 m3/Ha
Zona Regable Cota-120: 319 m3/Ha

** Los cupos expresados se suministrarán, dependiendo siempre de las limitaciones hidráulicas y disponibilidad de recursos.

*** El reparto de este nuevo cupo de agua es a cuenta y se mantendrá hasta que se acuerde un nuevo desembalse, el cual dependerá de la disponibilidad de recursos existentes en la Cabecera del Tajo.

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