POR ESTA COMUNIDAD DE REGANTES SE HA ACORDADO:
Autorizar un cupo de Agua, para el presente año hidrológico 2017/18, a razón de:
- Zona Regable Oriental y Occidental: 137 m3/ha
- Zona Regable Cota-120: 75 m3/ha
Notas:
* Estos volúmenes son computables para el año hidrológico 2017/18. ** Los volúmenes solicitados con cargo a este cupo se suministrarán, dependiendo siempre de las limitaciones hidráulicas.