C.R.C.C

Debiendo procederse a la renovación reglamentaria de los Síndicos y Jurados de Riego de los Sectores I al XI de la Zona Regable Oriental y 51 al 62 de la Zona Regable Cota-120,  se convocan elecciones para cubrir dichos puestos,  las cuales se celebrarán en los lugares,  fechas y horario que se detallan a continuación:

– Sectores I al V de la Zona Regable Oriental y agrupación de Sectores  51 al 52 y 53 al 55 de la Cota-120,  el lunes,  día 9 de abril del presente año en el Salón de Actos de Soltir,  sito junto a la Autovía San Javier-Murcia,  km. 22,  en San Cayetano (Torre Pacheco),  desde las 17’00 hasta las 20’00 horas.

– Sectores VI al XI de la Zona Regable Oriental y agrupación de Sectores 56 al 59 y 60 al 62 de la Cota-120,  el martes,  día 10 de abril del presente año en los locales de la nave-almacén de esta Comunidad de Regantes,  sitos en carretera de El Jimenado s/nº. de Torre Pacheco,  desde las 17’00 hasta las 20’00 horas.

Para poder ejercer su derecho al voto,  los electores,  deberán hallarse correctamente inscritos en el Censo de la Comunidad,  así como acreditar su personalidad mediante presentación del D.N.I.  En caso de representación se observará lo dispuesto en los artículos 18 y 56 de las vigentes Ordenanzas.

Podrán presentarse como candidatos todos aquellos partícipes que,  cumpliendo con los requisitos previstos en el artº. 39 de las Ordenanzas,  formulen su candidatura en la Secretaría de la Comunidad -horario de oficina-,  antes de las 14h00’ horas del martes,  día 3 de abril de 2018 (Artículo 55 de las vigentes Ordenanzas).

Las listas de electores,  con su número de votos,  se encuentran expuestas en la oficina de la Comunidad de Regantes,  donde podrán ser examinadas por los interesados,  y en su caso solicitar de la Junta Electoral las rectificaciones que procedan,  hasta la misma fecha y hora indicadas en el párrafo anterior,  haciéndose saber que los datos recogidos en el censo resultante serán los únicos que podrán ser aplicados en las elecciones a realizar (Artículo 54 de las vigente Ordenanzas).

Las elecciones se celebrarán conforme a lo previsto en la sección Sexta del Capítulo II de las vigentes Ordenanzas de la Comunidad (Artículos 52 al 64) y acuerdos complementarios que pueda adoptar la Junta Electoral.

 

Tweet
Load More