C.R.C.C

LA JUNTA DE GOBIERNO DE ESTA COMUNIDAD DE REGANTES, EN SU REUNION DE FECHA 09-07-09, HA ADOPTADO EL SIGUIENTE ACUERDO:

Autorizar un nuevo cupo de Agua, a razón de:

– Zona Regable Oriental y Occidental:    276 m3/ha
– Zona Regable Cota-120:    155 m3/ha

Cartagena, a 10 de Julio de 2.009.

Los volúmenes totales asignados hasta la fecha para el presente año hidrológico (desde 01-Octubre-2008, hasta 30-Septiembre-2.009) son:

Zona Regable Oriental u Occidental:     2056 m3/ha
Zona Regable Cota-120:     1160 m3/ha

** Los cupos expresados se suministrarán, dependiendo siempre de las limitaciones hidráulicas y disponibilidad de recursos.

*** El reparto de este nuevo cupo de agua es a cuenta y se mantendrá hasta que se acuerde un nuevo desembalse, el cual dependerá de la disponibilidad de recursos existentes en la Cabecera del Tajo.

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