LA JUNTA DE GOBIERNO DE ESTA COMUNIDAD DE REGANTES, EN SU REUNION DE FECHA 09-07-09, HA ADOPTADO EL SIGUIENTE ACUERDO:
Autorizar un nuevo cupo de Agua, a razón de:
– Zona Regable Oriental y Occidental: 276 m3/ha
– Zona Regable Cota-120: 155 m3/ha
Cartagena, a 10 de Julio de 2.009.
Los volúmenes totales asignados hasta la fecha para el presente año hidrológico (desde 01-Octubre-2008, hasta 30-Septiembre-2.009) son:
Zona Regable Oriental u Occidental: 2056 m3/ha
Zona Regable Cota-120: 1160 m3/ha
** Los cupos expresados se suministrarán, dependiendo siempre de las limitaciones hidráulicas y disponibilidad de recursos.
*** El reparto de este nuevo cupo de agua es a cuenta y se mantendrá hasta que se acuerde un nuevo desembalse, el cual dependerá de la disponibilidad de recursos existentes en la Cabecera del Tajo.